Oficina Bancofar online
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
De conformidad con lo que se dispone en la Orden ECO/734/2004, sobre los departamentos y servicios de Atención al Cliente y Defensor del Cliente de las entidades financieras, el Consejo de Administración de BANCOFAR, S.A. tiene acordado que dichos servicios estén confiados a Bankia S.A.U. quien ha puesto a disposición de nuestros clientes un Servicio de Atención al Cliente, órgano independiente de la organización interna, separado de los restantes servicios comerciales y operativos, que toma sus decisiones de manera autónoma.
Este Servicio atiende y resuelve las quejas o reclamaciones presentadas, directamente o por representación, por personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, usuarias del Banco que se refieran a sus derechos o intereses legítimos relacionados con operaciones, contratos o servicios financieros prestados
Para la presentación de quejas o reclamaciones puede presentarlo por escrito en la siguiente dirección postal:
BANKIA S.A.U.
Servicio de Atención al Cliente
Apartado de Correos Nº 61267
28080 Madrid
En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de la Entidad o si transcurren más de dos meses desde su presentación ante el mismo de la queja o reclamación sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones de los Supervisores Financieros.
En cualquier caso, para poder formular una reclamación ante cualquiera de los Servicios de Reclamaciones de los Supervisores Financieros es requisito imprescindible haber presentado previamente dicha reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente.
Bankia S.A.U. ha aprobado el Reglamento para la Defensa del Cliente que recoge el funcionamiento de su Servicio de Atención al Cliente y el procedimiento que se debe seguir para la presentación y tramitación de las quejas y reclamaciones. Dicho Reglamento se encuentra a disposición del público.
Las normas estatales que contienen la regulación sobre protección a la clientela son las siguientes: Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero (BOE de 23.11.02); Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros (BOE de 03.03.04); Orden 734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de entidades financieras (BOE de 24.03.04).